Descripción
El puesto de Profesor para Educación de Adultos se desarrolla en un entorno educativo público, adscrito al Centro de Adultos de referencia en la zona. La función principal consiste en facilitar procesos de enseñanza y aprendizaje dirigidos a personas adultas, adaptando las metodologías y contenidos a las necesidades específicas de este colectivo. El docente será responsable de planificar, implementar y evaluar las actividades formativas, promoviendo un ambiente de aprendizaje inclusivo y participativo. El trabajo implica una atención personalizada a los estudiantes, considerando sus diversos ritmos de aprendizaje, experiencias previas y objetivos educativos. Este rol requiere un compromiso con la educación permanente y la actualización didáctica, así como la capacidad para trabajar de manera colaborativa con otros profesionales del centro. La labor contribuye directamente a la mejora de las competencias básicas, la cualificación profesional y el desarrollo personal del alumnado adulto, siendo un pilar fundamental dentro del sistema de educación pública para adultos. La planificación curricular debe alinearse con los programas oficiales establecidos, incorporando recursos didácticos variados y tecnologías de la información y comunicación cuando sea pertinente, para enriquecer la experiencia educativa. El profesor debe fomentar la autonomía del estudiante y su capacidad para aplicar los conocimientos adquiridos en contextos prácticos de su vida cotidiana y laboral. Requisitos
Se requiere poseer un Grado en Magisterio. Alternativamente, se acepta cualquier otro título de Grado universitario siempre que esté complementado con el Máster de Formación del Profesorado o una titulación equivalente que habilite para la docencia en enseñanzas regladas. Es imprescindible acreditar la capacitación pedagógica necesaria para ejercer la función docente según la normativa vigente. Se ofrece
El contrato tiene una duración asociada al curso académico 2026/2027. La jornada laboral será de 25 horas semanales, distribuidas conforme a la organización del centro educativo. Las condiciones salariales y el régimen de vacaciones se ajustarán a lo establecido en el convenio colectivo aplicable al personal docente de la administración pública correspondiente.