Descripción
El puesto se centra en la preservación del buen estado y funcionalidad operativa de las instalaciones de un complejo cinematográfico. La persona seleccionada será responsable de llevar a cabo una serie de tareas técnicas que garanticen la continuidad y seguridad de las actividades diarias. Este rol implica un trabajo sistemático de supervisión y acción directa sobre los diferentes espacios, asegurando que todos los equipos y áreas estén en condiciones óptimas para su uso. La función es crucial para prevenir interrupciones en la programación y en la experiencia del cliente, manteniendo los estándares de calidad y confort requeridos. Trabajarás con un alto grado de autonomía, reportando y manteniendo un contacto frecuente con la gerencia de mantenimiento para coordinar acciones y reportar el estado de las instalaciones. El objetivo principal es mantener la infraestructura en perfecto estado mediante intervenciones programadas y respuestas ágiles a imprevistos, contribuyendo así a la eficiencia general de las operaciones. Requisitos
Se requiere formación mínima en Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior en Electricidad, Electromecánica, Mecatrónica o campos afines. Se busca un perfil junior donde se valoren especialmente la actitud proactiva y la capacidad de resolución de problemas por encima de una extensa trayectoria profesional. Es imprescindible disponer de vehículo propio para poder desplazarse con agilidad al centro en caso de urgencias técnicas que surjan fuera del horario habitual. Se ofrece
El contrato ofrecido es indefinido desde el primer día, con una jornada parcial de 30 horas semanales. El salario base establecido es de 18.852 euros brutos anuales. El horario habitual es intensivo de mañana, de lunes a viernes, con flexibilidad en la entrada y salida entre las 07:00-08:00 y las 13:00-14:00. Se requiere disponibilidad para atender urgencias puntuales fuera de este horario, especialmente durante fines de semana, compensándose posteriormente esas horas con días libres. Las vacaciones son las estipuladas por el convenio colectivo aplicable, que ascienden a 30 días anuales.