Oferta de empleo: 3 puestos de ensamblador/a (ref:6452)

Carreño (Asturias) Sistema Nacional de Empleo: Asturias 2 de septiembre de 2026

Descripción

La posición de ensamblador implica la unión de piezas y componentes mecánicos o metálicos siguiendo instrucciones detalladas y esquemas técnicos. Se trabajará con planos de conjunto y guías de trabajo para asegurar la correcta formación de los productos. El manejo de herramientas como taladros, atornilladores, llaves y maquinaria de taller es fundamental para realizar las tareas de montaje y ajuste. La revisión constante del producto armado es esencial para garantizar que no presente defectos, manteniendo así los estándares de calidad requeridos. El entorno de trabajo es dinámico y requiere atención al detalle para cumplir con las especificaciones técnicas. La colaboración con otros miembros del equipo es importante para optimizar los procesos de producción. Se espera que el candidato mantenga un área de trabajo organizada y segura, siguiendo las normativas de prevención de riesgos laborales. La adaptabilidad a diferentes proyectos y la capacidad para resolver problemas sencillos durante el ensamblaje son cualidades valoradas. El rol contribuye directamente a la línea de producción, por lo que la eficiencia y la precisión son clave. La formación continua sobre nuevos métodos o herramientas puede ser proporcionada según las necesidades del taller. Este puesto es ideal para personas metódicas que disfrutan del trabajo manual y técnico en un entorno industrial.

Requisitos

Se requiere poseer una discapacidad reconocida y contar con un Ciclo Formativo de Grado Medio o Superior en rama mecánica, electromecánica o metálica. Es imprescindible disponer del carnet de conducir B1 y vehículo propio para posibles desplazamientos relacionados con la actividad laboral.

Se ofrece

El contrato ofrecido es temporal con una duración de 6 meses y sin opción a prórroga. La jornada laboral es completa, con horario de lunes a jueves de 7:30 a 13:00 horas y los viernes de 7:30 a 14:00 horas. El salario y los beneficios adicionales se ajustarán a lo establecido en el convenio colectivo aplicable.

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