Descripción
La posición implica proporcionar asistencia y cuidados a las personas usuarias del centro en sus actividades diarias fundamentales. Esto abarca la realización de la higiene personal, asegurando el bienestar y la dignidad de los residentes. Las funciones incluyen también la limpieza y el mantenimiento de las estancias y utensilios utilizados, manteniendo un entorno higiénico y seguro para todos. El profesional será responsable de facilitar la ingesta de alimentos, adaptándose a las necesidades y capacidades de cada persona, y de proporcionar acompañamiento en traslados y paseos dentro y fuera del centro, fomentando la movilidad y el contacto con el entorno. Una parte esencial del trabajo es observar y comunicar de manera precisa cualquier incidencia relacionada con la salud o el estado general de los usuarios al personal correspondiente, contribuyendo así al plan de atención individualizado.Los candidatos deben poseer una titulación o certificación formal que los habilite para ejercer la profesión. Entre las cualificaciones aceptadas se encuentran el título de técnico en cuidados auxiliares de enfermería o el certificado de profesionalidad en atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales. Se valorará positivamente la posesión del permiso de conducir y la disponibilidad de vehículo propio, ya que puede ser necesario para acceder al lugar de trabajo, especialmente en centros con ubicaciones menos céntricas. Además, se tendrá en consideración la experiencia profesional demostrable en el sector de la atención sociosanitaria o en ocupaciones similares, ya que aporta un conocimiento práctico valioso para el desempeño de las funciones.
Las condiciones de empleo se establecen conforme a la normativa laboral vigente. El contrato ofrecido es de carácter temporal. La jornada laboral es completa y se organiza mediante un sistema de turnos rotativos que cubren los periodos de mañana, tarde y noche, lo que requiere flexibilidad horaria por parte del trabajador. El salario y las demás condiciones laborales, como días de vacaciones o permisos, se regirán por lo dispuesto en el VII convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, asegurando un marco retributivo y de derechos conforme al sector.