Descripción
La posición se desarrolla en el ámbito de los servicios de vigilancia, centrándose en la protección de instalaciones y el mantenimiento de la seguridad integral en el entorno designado. El profesional asumirá la responsabilidad de supervisar las operaciones de seguridad, garantizando el cumplimiento de los protocolos establecidos y la correcta respuesta ante cualquier incidencia. Esto implica una constante atención al detalle y una actitud proactiva para prevenir situaciones de riesgo. El rol exige un alto grado de observación y disciplina, trabajando de acuerdo con los procedimientos de la empresa y la normativa sectorial vigente. La labor se desempeñará en un entorno estructurado donde la puntualidad y la fiabilidad son atributos fundamentales. La función principal es salvaguardar los activos y asegurar un entorno protegido para el personal y las operaciones. Se espera que el individuo maneje equipos técnicos especializados y colabore en la coordinación con otros servicios cuando sea necesario. El puesto contribuye directamente a la creación de un espacio de trabajo seguro y ordenado. La vigilancia activa y la gestión de incidencias menores forman parte de las tareas cotidianas, requiriendo una comunicación clara y efectiva en los informes. La adaptabilidad a los turnos rotativos y a las condiciones específicas del centro es un aspecto clave para el desempeño satisfactorio en esta función. La posición representa una oportunidad para aplicar conocimientos técnicos en sistemas de seguridad dentro de un marco operativo definido. Requisitos
Es imprescindible poseer la Tarjeta de Identificación Profesional (TIP) para vigilantes de seguridad en vigor y actualizada. Se requiere carnet de conducir de clase B y vehículo propio para los desplazamientos necesarios al centro de trabajo. El candidato debe estar inscrito formalmente en una oficina de empleo como demandante de empleo en el momento de la contratación. Se ofrece
El contrato ofrecido es de carácter laboral y temporal, con una jornada de trabajo parcial. El horario se establece según cuadrante, incluyendo turnos de lunes a viernes en horario nocturno, desde las 22:00 hasta las 06:00 horas, y turnos de fin de semana con una duración de doce horas. La retribución salarial se fija de acuerdo con lo estipulado en el convenio colectivo aplicable al sector.