Descripción
En el entorno de producción de la planta metalúrgica, el operario de corte de metal longitudinal es responsable de gestionar y supervisar el proceso de transformación de bobinas de metal en perfiles y piezas específicas. Este rol implica una interacción constante con maquinaria industrial especializada, donde la precisión y la atención al detalle son fundamentales para garantizar la calidad del producto final. El trabajo se desarrolla en un ambiente dinámico, que requiere adaptabilidad y un compromiso con los procedimientos de seguridad y eficiencia operativa. Las actividades principales incluyen la configuración de los equipos, el monitoreo del proceso de corte y la realización de controles de calidad básicos para asegurar que las dimensiones y especificaciones de las piezas cumplan con los estándares establecidos. Además, la posición requiere colaboración con otros departamentos, como calidad y mantenimiento, para optimizar los flujos de trabajo y contribuir a iniciativas de mejora continua. El entorno de trabajo es industrial, con un enfoque en la productividad y la adherencia a normativas de seguridad, donde el operario desempeña una función clave en la cadena de fabricación. La jornada laboral está estructurada en turnos rotativos, lo que implica flexibilidad horaria y capacidad para trabajar en diferentes franjas del día, manteniendo siempre un alto nivel de concentración y responsabilidad en las tareas asignadas. Requisitos
Es necesario contar con la Educación Secundaria Obligatoria finalizada y experiencia previa demostrable en el manejo de máquinas de corte de metal longitudinal con bobina. Se valorará positivamente la residencia en zonas cercanas al lugar de trabajo para facilitar la asistencia regular y puntual a los turnos establecidos. Se ofrece
La contratación se ofrece de forma indefinida, con una jornada laboral completa de 40 horas semanales distribuidas de lunes a viernes. El horario de trabajo se organiza en turnos rotativos que cubren las franjas de mañana, tarde y noche, respetando siempre los periodos de descanso establecidos por la legislación laboral vigente.